Doc. -1º-.
Hola amigos:
Tal como exponía en mi primera misiva Doc.-0- os envío el primer documento, sobre el enunciado “ La Historia de Aragón a través de sus lenguas”.
Se trata de una Ordalía que son de la más antigua encontrada del Fuero de Jaca. Estas ordalías son las pruebas del hierro candente o del agua hirviente, de gusto arcaico, son heredadas del Reino de Pamplona, sin embargo, las otras, son 313 artículos, que pasarán a ser como el Estatuto de Aragón, rompen el clásico poder de los Reyes absolutistas.
La necesidad de atraer nuevos habitantes para las tierras conquistadas a los moros crean un clima de libertad y derechos personales y unas reglas a las que han de someterse los propios Reyes. Serán un ejemplo donde acudirán copistas de todos los territorios vecinos llegando su influencia desde Jaca hasta Castilla y sur de Francia.
Es Ramiro I y su hijo Sancho Ramírez quienes las dictan y las recopilan, sin embargo solamente se guardan del original una pequeña parte en latín, no encontramos hasta el 1200 una versión completa esta vez en romance aragonés, que es la pequeña parte que se proporciona. Olvidadas en un archivo, son recogidas por un judío sefardí Mauricio Molhó (1964) quien las publica y se hace eco El Justicia de Aragón en 2003.
Y tratando de lenguas, era el latín, en los primeros tiempos del Reino de Aragón el que usaban para documentos en las cancillerías, casi siempre realizada por monjes. El encuentro en un remoto archivo, de estos fueros en versión de romance (lenguas derivadas del latín), en una lengua asequible al pueblo llano, da fe que ya en los primeros tiempos esta lengua era usual (junto con el latín culto), que como veréis se asemeja al que se conserva todavía en la Zona Oriental de Aragón.
Un poco de Historia, contemporánea con estas lenguas. ( año 778) Sancho Abarca destruye el ejército de Carlomagno en Roncesvalles, de los condados de la Marca dependientes de Carlomagno solamente quedarán, los 7 Condados de lo que hoy es Cataluña La Vieja situados en los territorios de Gerona y Barcelona y Urgel. (778 al 1258 Tratado de Corbeil ) bajo el Imperio Carolingio, perfectamente delimitados por las montañas centrales.
Se crea el Reino de Pamplona (778 al 1036 ), que a la muerte de SanchoIII el Mayor, lo reparte entre sus hijos, nacen a la vez Navarra, (Garcia IV Sanchez ) Castilla, ( Fernando I ) Aragón (Ramiro) y Ribagorza (González). Muere éste, hermano de Ramiro I (El Belicoso) y Ribagorza es absorbido por Aragón.
Sancho Ramírez con su hijo Pedro I (El Conquistador) toma Barbastro (enviaremos documento e información de esta época en estas lenguas) y La Litera. En el señorío aragonés del Valle de Arán, encontrará Pedro la muerte en una emboscada.
Jaca será la primera capital del reino de Aragón en esta época.
La plenitud de estos fueros llegará hasta el 1200 en que Jaime I (El Conquistador) ordena a Vidal de Canelles una nueva recopilación que se titulará Los Fueros de Aragón…ya llegaremos.
Eso no son más que unas pinceladas de nuestra historia, no quiero hacer un tratado de la misma, más bien lo que hago es enviaros los datos históricos que acompañan a las lenguas de los documentos.
Julián Naval de Tamarite.
Adjuntos
Si se quieren copias de los documentos que se siguen, se pueden abrir los adjuntos.
2ª. Del Fuero de Jaca y su escritura.
El Fuero de Jaca es promulgado por Sancho Ramírez, 2º Rey de Aragón en 1063. Del cual tenemos 7 códices, copias o versiones del original.
Aquest es lo for de Jaca. [1] Esto e lo for de Jaca. Este es el Fuero de Jaca.
A, Original (Huesca, 1200) [2] Traducción aragonés oriental. Traducción castellana.
(Variante de La Litera. Tamarite 2004)
Del filtz, si lo payre lo nega Dels fills, si lo pare lo negue De los hijos. Si el padre lo niega
com lo salue la mayre. com los salve la mare. como los salva la madre.
Sj alguna muyller / que non aya marit Si alguna mullé, que no tingue marit Si alguna mujer, que no tenga marido
aurá d’altre omne fill o filla aurá d’altre ome fill o filla tendrá de otro hombre hijo o hija
e l’omne nega que no es son fill e l’ome negue que no es son fill y el hombre niega que no es su hijo
la muyller, per saluar aquell fill o la mullé, per salbá aquell fill o la mujer,por salvar aquel hijo
aquella filla que sia d’aquel hom, aquella filla que sigue d’aquell ome, aquella hija que sea de aquel hombre
deu aportar denant la iusticia las deu aportá debant la chustisia les debe aportar delante de la justicia las
dos partz d’un cobde de drap dos parts de un codo de drap dos partes de un codo de trapo
de lin ab qu’el sigell la man de lino en que li selle la ma de lino con que le selle la mano
dreyta, e aprés del terser dia leve dreta, y dempués del tersé día porte derecha y que después del tercer día ll
lo ferri calt. E passats altres tres lo ferri candent. Y pasats altres tres el hierro candente. Y pasados otros tres
dies puys que aurá leuat lo ferri, dies pues que aurá portat lo ferri, días pues que habrá llevado el hierro,
la iusticia ab altres fidels la chustisia en altres fidels la justicia con otros fieles
guarden-li saviament la man mirénli sabiamen la ma mirénle sabiamante la mano
Y si conoxen que sia sana Y si conneixen que sie sana Y si conocen que sea sana
la muyller rendas-l fill ad aquel la mullé rindelí aquell fill a n’aquell La mujer entregue aquel hijo a aquel
payre e d’ayllí enant no sia tenguda pare y d’allí entanan no sie tenguda padre y de allí en adelante no sea
de nuyrir aquel fill e aquela filla de nutrí aquell fill o aquella filla obligada de alimentar aquell hijo o hija
sino ab sa voluntat, pero sino sigue sa boluntat, pero sino sea su voluntad, pero
con benfey d’aquel pare. en lo benfeyt d’aquell pare. si lo hace lo pague el padre.
Et si por auentura la man Y si por bentura la ma Y si por ventura la mano
de la muyller no sera trobada de la mullé no sirá trobada de la mujer no será encontrada
sana, nodresca aquel fill sana, nudrisque aquell fill sana, nutra a quel hijo
o aquella filla sense aquel o aquella filla sense aquell o aquella hija sin que aquel
payre a qui.l donaua. pare al que se li donabe. padre al que al se le daba.
Pero l’un nin l’altre, Pero l’un ni l’altre, Pero ni el uno ni el otro,
com que s’auenga, como que s’abenguen, como se avengan,
no deu dar calonia. no deu doná calonia. No deben pagar multa.
B,Original.(Pamplona,1247)[3] Traduccion al aragonés oriental Traducción castellana.
(Variante de La Litera.
Tamarite2004)
Si muller que no a marit Si muller que no a marit Si mujer que no tiene marido
fa filltz o filla d’algun omne al fills o filla d’algun ome tiene hijos o hija de algún hombre
e ditz que de tal omne lo a, y diu que de tal omne lo a, y dice que de tal hombre lo ha,
e lo omne ditz que no, y lo ome diu que no, y el hombre dice que no
la muyller haya les dos partz la muller aya les dos parts la mujer lleve las dos partes
d’un cobde de drap de lin d’un codo de drap de lino de un codo de trapo de lino
Julián Naval de Tamarite 12 de Julio del 2004. (página 2ª de 6)).
04.04.01. 1º Exposición. El Fuero de Jaca. En lengua aragonesa medieval.
(Procedencia aragonesa de nuestra lengua)
Zona Oriental de Aragón.
El Justicia de Aragón patrocina un trabajo de recuperación histórica y lingüística de este singular Fuero de Jaca, para ello se recuperan los trabajos de un judío sefardí Mauricio Molho [4] con el tomo “I Facsimile” editado en el año 1964.[5]
Del Fuero original de Sancho Ramírez ( año 1067) se conservan solamente algunos retazos en latín y gracias a las investigaciones de Molho se llegan a encontrar hasta 7 códices, versiones o copias. Las dos primeros denominados A1 y A2 son recopiladas en Jaca y Huesca, La tercera denominada B, es recopilada en Navarra, Pamplona (Iruña), (llamada iruñense) , que al mencionar varias veces el Fuero de Aragón, se le supone posterior a las A. (datados del 1230 al 1380). El resto son compilaciones que recogen las tres anteriores y son parciales, una en Zaragoza de la que solamente hay una página y perdido el original, copiada por Manuel Lasala (1870) redactada tardíamente en aragonés muy castellanizada.
Los fondos utilizados han sido del Archivo Histórico Nacional, Súmmo Porto, Santa Cruz de la Serós , San Juan de la Peña , Leyre, Iranzu, Jaca Archivo Municipal. En Navarra; Cámara de Comptos, Archivo Municipal de Pamplona, y de Estella, Puente la Reina , Santa María la Real , Sangüesa y C. De Roncesvalles, Tudela y Logroño.
Según este estudio, Molho dice; La versión A, Es la primera recopilación romanceada del Fuero. Tiene su centro en Jaca y es obra de jurisconsultos aragoneses.
Con la redacción B, representada por un solo manuscrito (98 folios de pergamino) aparece la primera expresión del derecho Aragonés en Pamplona. ( pag. 39).
La versión A, (...) fue la primera lengua de los notarios de Jaca (...) lenguaje híbrido con fondo galo-románico que se trasmite de generación en generación al interior de la población al que se superpone el aragonés. ( Molho 1978. pag.193). [6]
También debe tenerse en cuenta (Ubieto pag.444) considera que se trata de lengua jaquesa( pag. 332 del Fuero).
Así pues nos hallamos con unos textos, con restos francos (langhuedoc, bearnés, gascón, etc.) al que se le ha sobrepuesto el aragonés (íbero-galo-románico) resultando según Ubieto el jaqués, (aragonés medieval) este a la vez es llevado hasta Huesca donde empujado por el castellano, perdurará hasta el siglo XIV y en Logroño hasta el siglo XVI.
No deja de causarnos sorpresa la lectura de estos Fueros a los tamaritanos, pues están redactados en nuestra lengua, emparedada en la Zona Oriental de Aragón desde Benasque hasta Valderobles, pasando por Fraga y Tamarite (a la que no se le ha prestado hasta la actualidad atención). Separados por casi 1000 años, los habitantes de esta Zona con una tozudez rayana en la paranoia la han conservado con pequeñas variantes, pese a las presiones de los dos idiomas mayoritarios el Castellano y el Catalán. En los textos que presentamos, verán unas variantes que vamos a analizar lo más brevemente posible.
‘Est’, perdura en Fraga; ’filtz ’perdura en Peralta-Calasanz; ‘payre,mayre’ desaparece la ‘y’ al ser la trasmisión fonética; ’omne, hom’ de las dos se deriva en – ome-; ’salue,saluar’la –u- se convierte en –b,v- (como castellano); ’iusticia’ copia latina será-j-que fonéticamente se convierte en –ch-; ’Sj’ copia latina pasa a –i-; ’sia’ perdida (Gruas 1950) pasa a –sigue; ’calt’ perdida pasa a candent (castellanismo, catalanismo); ‘ab’ pasa a en (Se conserva en un manuscrito de Alcampel 1510); ’calonia’, -multa- se conserva en las Ordenanzas de Tamarite 1696; ’dar’ –doná- se conserva en Peralta-Calasanz; ’leve, leuat’ -porte,portat- se conserva en Fraga; ’enan’ apócope de –entanan; ’ditz, partz’-diu, parts-, en Peralta-Calasanz y Zurita. Hay otras variantes y matices más sutiles que no es objeto en este trabajo abordar.
Julián Naval de Tamarite a 13 de Julio del 2004. (página 1ª de 6).
[1] Redacciones aragonesas del siglo XIII (año 1.200 al 1299).Edición. El Justicia de Aragón, Zaragoza. 1964. Consejo Superior de Investigaciones Cientìficas. Dirige. José María Lacarra. pag.103.( pag. 25 del Fuero).
[2] Redactado en Huesca en 1200. Molho 1960; Justicia de Aragón 2003. (pag. 18).
[3] Justicia de Aragón. Fueros de Jaca. Redacción iruñesa.(pag.48 del Fuero).
[4] El Fuero de Jaca. Muricio Molho. Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Escuela de Estudios Medievales. Instituto de Estudios Pirenaicos. 1954
[5] El Fuero de Jaca I Facsimile. Fuentes para la Historia del Pirineo. Edición Crítica de M.Molho.Sello Justicia de Aragón. Colección dirigida por J.Mª Lacarra. Zaragoza.1964
[6] El Fuero de Jaca II Estudios. MºA. Martín Zarroquino y MªL. Arnal ,Zaragoza, 2003.
JULIÁN NAVAL FUSTER
Doc.-2-.
No deja de ser curioso este documento.
Es una traducción (letra por letra y frase por frase) en castellano de uno de los artículos del Fuero de Jaca, al estar presente éste antes del Fuero de Aragón, se puede fechar no más allá del final del 1100 o en principios del 1200. Su hallazgo en los archivos del Pilar de Zaragoza, nos da fe del uso de esta lengua en esa época.
Acudiremos de nuevo a la Historia para explicar este hecho.
En el anterior escrito vemos que Pedro I muere en una emboscada cuando va a defender de las agresiones exteriores al Señorío aragonés del Valle de Arán. Le sucede su hermanastro Alfonso I (El Batallador). Si hubiese nacido en Inglaterra se llamaría Alfonso (Corazón de león) y los nobles aragoneses, los Luna, García, Díaz, etc. serían los caballeros de la Tabla Redonda.
Sus hazañas no tienen parangón. Se casa con la viuda de Castilla Dña. Urraca para unir los dos reinos, él místico religioso entra en conflicto con una Corte licenciosa y una viuda casquivana que acaba en divorcio. En poco espacio de tiempo, los señoríos de Aragón en el territorio vecino serán numerosos. Todavía no se ha conquistado Zaragoza.
Conquista Alfarrás, Almenar, Alguaire etc, todos los pueblos hoy en la provincia de Léida y pone sitio a la capital; pero el conde de Barcelona R. Berenguer II pide auxilio al Conde de Perpiñán que forma un ejército en ayuda de su aliado el rey moro leridano (del que cobra las parias o peles) harán como el perro del hortelano “ni comen ni dejan comer” y desiste en su empeño. Se decide por la conquista de Zaragoza en el 1118 y en continuas batallas victoriosas conforma Aragón prácticamente con la extensión de hoy en día. Lo encontramos batallando en Galicia defendiendo los derechos de su mujer, en su momento. Pero su gran hazaña consiste en formar un ejército que se adentrará en territorio musulmán, sitia Valencia para conquistarla y desiste ante unas lluvias torrenciales, al llegar a Málaga cumple sus sueño, navegar por el Mediterráneo, al regreso lo hace por el centro, en su periplo que durará un año, vence a 25 reyezuelos moros en otras tantas batallas, tras de sí traerá 10.000 mozárabes, que repoblarán Aragón.
Su muerte en Huesca es una tragedia, sin descendientes, se crea un vacío de poder y los moros recuperan parte de lo conquistado. Zaragoza por el tratado de Aguas Caldas, quedará bajo la tutela de su hijastro Alfonso VII de Castilla. La ocupación durará 25 años y comienza la castellanización de Zaragoza. Castilla 6 millones de habitantes Aragón 400.000. Cuando se recupera en el reinado de Petronila, la lengua cortesana es el castellano. El pueblo llano mozárabe, que durante la ocupación se le permitía su religión y su lengua pero no se dejaban construir iglesias ni escribir más que con caracteres moros, conservó su lengua oral en romance, que conectó con los nuevos vencedores. Le suceden Ramiro II (El Monje) con su hija Petronila.
Veremos en sucesivos documentos, que los primeros documentos son exclusivamente en latín, (1100) para pasar a mezclar los encabezados en latín y el resto en romance aragonés (1300)(durante un largo periodo de tiempo las cartas serán solo en aragonés, que coincide siempre con el hablado actualmente en la Zona Oriental y ocasionalmente en castellano) empiezan los escritos en castellano mezclando frases con el romance aragonés (1400) , para terminar hacerlo todo en castellano, a partir de la Unión con Castilla.
Los pueblos no cambian su forma de hablar de forma repentina el latín se impuso tras 500 años de romanización completa, además porque ante las lenguas antiguas era operativa y fácil de trasmitir.
En el próximo envío veremos las Ordenaciones desde Huesca por Alfonso II y PedroII y, Las Ordenaciones de Jaca que la Reina Regente María transforma en Zaragoza,(esposa de Fernando V El Ausente, rey de Nápoles y Aragón) formando la base del ordenamiento civil de los concejos de los pueblos, villas y ciudades de Aragón. (Nombramientos por Insaculación, dejando de nombrarse por los brazos de nobles, religiosos, universidades).
Por supuesto documentos en la lengua aragonesa que todavía se conserva en la Zona Oriental.
Julián Naval de Tamarite a 24 de Octubre del 2011
Códice en romance castellano medieval.
A z. Fuero de Jaca. Archivo de la Basílica del Pilar (Zaragoza).
Códice perdido y publicado fragmentariamente por Lasala (1870). 14 capítulos.
7. De ermanos o de parientes qui quieran vender heredat.
Item: e si algun ermano o ermana qe avran heredates partidas que les pertannera davolorio o de patrimonio, et alcuno dellos ermanos qerra vender so parz de la heredaz qel aura tocada por fuero, primero lo debe fer assaber a los otros ermanos on viere qe la compren. E si ellos non la querran comprar, dalli anant, bien la puede vender a quisquiera, mas si non lo fare ad ellos assaber, e la vendra ad otros, los ermanos o las ermanas o el genello on viene, entre un anno et un dia, pagando el precio por quanto fu vendida, sin nengun condit, la pueden cobrar, el iurando qe tanto le costo como su carta diz.
Ley de “retracto” en la Compilación del Derecho Civil de Aragón.
Códice en romance aragonés medieval.
A 1.Fuero Jaca.
Sancho Ramírez 1077 a Pedro II. 1213.
Madrid Biblioteca
Nacional, 17801(42 folios) 313 capítulos.
161. De germans o de parentz que uolun uendre heredatz.
Quan germans e germanes auran entre si heredatz partidas que lis pertaynen d’auolorio o de patrimoni e algun d’aquels uolra vendre la part de la heredat que li aura tocat, segontz fuero, primerament o deu dir a sos frayres que la compren si la uolen; si aquela hora no la uolen comprar, pot-la uend’re francamente a qui.s uolra. Mas si no lis fa assaber e la uen ad altres, qual que dels frayres o de germanas la uolra, donan lo prez per quant fo uenduda, francamente e sens contradit dinz .I. an e .I. dia, segontz fuero, d’eu recobrar auer aquella part, donan lo prez asi com es dit.
M.Molho. 1963 Edita: Consejo Superior de Invest.Científicas.
Códice en romance aragonés actual.
2011 Romance aragonés de La Litera, actual en uso. (Traducción literal)
La voz de La Litera.
Revista mensual sin interrupción del 1976 al 2011. Libros:Aguilar, Carpi, Gruas, Naval.
De chermans o de parents que volen vendre heredat.
Cuan chermans y chermanes aurán entre sí heredat partides que les pertañen de abolorio o de patrimoni y algún d’aquells voldrá vendre la part de la heredat que li aurá tocat, segúnt fuero, primerament o deu de di als seus parents que la compren si volen; si aquella hora no la volen comprá, pot’la vendre francamente a qui voldrá. Mes si no lis fa sabre a un y a altres, cualquiere del parents o chermans la voldrá, donán lo preu per cuan fos venuda, francamente y sense cap contradisió dins de .I. añ e .I. día, seguns fuero, d’eu recobrá aber aquella part, donán los preu así com es dit.
Traducción de J. Naval de Tamarite.2011 (literal).
JULIÁN NAVAL FUSTER
04.04.01. 1º Exposición. El Fuero de Jaca. En lengua aragonesa medieval.
(Procedencia aragonesa de nuestra lengua)
Zona Oriental de Aragón.
El Justicia de Aragón patrocina un trabajo de recuperación histórica y lingüística de este singular Fuero de Jaca, para ello se recuperan los trabajos de un judío sefardí Mauricio Molho [1] con el tomo “I Facsimile” editado en el año 1964.[2]
Del Fuero original de Sancho Ramírez ( año 1067) se conservan solamente algunos retazos en latín y gracias a las investigaciones de Molho se llegan a encontrar hasta 7 códices, versiones o copias. Las dos primeros denominados A1 y A2 son recopiladas en Jaca y Huesca, La tercera denominada B, es recopilada en Navarra, Pamplona (Iruña), (llamada iruñense) , que al mencionar varias veces el Fuero de Aragón, se le supone posterior a las A. (datados del 1230 al 1380). El resto son compilaciones que recogen las tres anteriores y son parciales, una en Zaragoza de la que solamente hay una página y perdido el original, copiada por Manuel Lasala (1870) redactada tardíamente en aragonés muy castellanizada.
Los fondos utilizados han sido del Archivo Histórico Nacional, Súmmo Porto, Santa Cruz de la Serós, San Juan de la Peña, Leyre, Iranzu, Jaca Archivo Municipal. En Navarra; Cámara de Comptos, Archivo Municipal de Pamplona, y de Estella, Puente la Reina, Santa María la Real, Sangüesa y C. De Roncesvalles, Tudela y Logroño.
Según este estudio, Molho dice; La versión A, Es la primera recopilación romanceada del Fuero. Tiene su centro en Jaca y es obra de jurisconsultos aragoneses.
Con la redacción B, representada por un solo manuscrito (98 folios de pergamino) aparece la primera expresión del derecho Aragonés en Pamplona. ( pag. 39).
La versión A, (...) fue la primera lengua de los notarios de Jaca (...) lenguaje híbrido con fondo galo-románico que se trasmite de generación en generación al interior de la población al que se superpone el aragonés. ( Molho 1978. pag.193). [3]
También debe tenerse en cuenta (Ubieto pag.444) considera que se trata de lengua jaquesa( pag. 332 del Fuero).
Así pues nos hallamos con unos textos, con restos francos (langhuedoc, bearnés, gascón, etc.) al que se le ha sobrepuesto el aragonés (íbero-galo-románico) resultando según Ubieto el jaqués, (aragonés medieval) este a la vez es llevado hasta Huesca donde empujado por el castellano, perdurará hasta el siglo XIV y en Logroño hasta el siglo XVI.
No deja de causarnos sorpresa la lectura de estos Fueros a los tamaritanos, pues están redactados en nuestra lengua, emparedada en la Zona Oriental de Aragón desde Benasque hasta Valderobles, pasando por Fraga y Tamarite (a la que no se le ha prestado hasta la actualidad atención). Separados por casi 1000 años, los habitantes de esta Zona con una tozudez rayana en la paranoia la han conservado con pequeñas variantes, pese a las presiones de los dos idiomas mayoritarios el Castellano y el Catalán. En los textos que presentamos, verán unas variantes que vamos a analizar lo más brevemente posible.
‘Est’, perdura en Fraga; ’filtz ’perdura en Peralta-Calasanz; ‘payre,mayre’ desaparece la ‘y’ al ser la trasmisión fonética; ’omne, hom’ de las dos se deriva en – ome-; ’salue,saluar’la –u- se convierte en –b,v- (como castellano); ’iusticia’ copia latina será-j-que fonéticamente se convierte en –ch-; ’Sj’ copia latina pasa a –i-; ’sia’ perdida (Gruas 1950) pasa a –sigue; ’calt’ perdida pasa a candent (castellanismo, catalanismo); ‘ab’ pasa a en (Se conserva en un manuscrito de Alcampel 1510); ’calonia’, -multa- se conserva en las Ordenanzas de Tamarite 1696; ’dar’ –doná- se conserva en Peralta-Calasanz; ’leve, leuat’ -porte,portat- se conserva en Fraga; ’enan’ apócope de –entanan; ’ditz, partz’-diu, parts-, en Peralta-Calasanz y Zurita. Hay otras variantes y matices más sutiles que no es objeto en este trabajo abordar.
Julián Naval de Tamarite a 13 de Julio del 2004. (página 1ª de 6).
2ª. Del Fuero de Jaca y su escritura.
El Fuero de Jaca es promulgado por Sancho Ramírez, 2º Rey de Aragón en 1063. Del cual tenemos 7 códices, copias o versiones del original.
Aquest es lo for de Jaca. [4] Esto e lo for de Jaca. Este es el Fuero de Jaca.
A, Original (Huesca, 1200) [5] Traducción aragonés oriental. Traducción castellana.
(Variante de La Litera. Tamarite 2004)
Del filtz, si lo payre lo nega Dels fills, si lo pare lo negue De los hijos. Si el padre lo niega
com lo salue la mayre. com los salve la mare. como los salva la madre.
Sj alguna muyller / que non aya marit Si alguna mullé, que no tingue marit Si alguna mujer, que no tenga marido
aurá d’altre omne fill o filla aurá d’altre ome fill o filla tendrá de otro hombre hijo o hija
e l’omne nega que no es son fill e l’ome negue que no es son fill y el hombre niega que no es su hijo
la muyller, per saluar aquell fill o la mullé, per salbá aquell fill o la mujer,por salvar aquel hijo
aquella filla que sia d’aquel hom, aquella filla que sigue d’aquell ome, aquella hija que sea de aquel hombre
deu aportar denant la iusticia las deu aportá debant la chustisia les debe aportar delante de la justicia las
dos partz d’un cobde de drap dos parts de un codo de drap dos partes de un codo de trapo
de lin ab qu’el sigell la man de lino en que li selle la ma de lino con que le selle la mano
dreyta, e aprés del terser dia leve dreta, y dempués del tersé día porte derecha y que después del tercer día ll
lo ferri calt. E passats altres tres lo ferri candent. Y pasats altres tres el hierro candente. Y pasados otros tres
dies puys que aurá leuat lo ferri, dies pues que aurá portat lo ferri, días pues que habrá llevado el hierro,
la iusticia ab altres fidels la chustisia en altres fidels la justicia con otros fieles
guarden-li saviament la man mirénli sabiamen la ma mirénle sabiamante la mano
Y si conoxen que sia sana Y si conneixen que sie sana Y si conocen que sea sana
la muyller rendas-l fill ad aquel la mullé rindelí aquell fill a n’aquell La mujer entregue aquel hijo a aquel
payre e d’ayllí enant no sia tenguda pare y d’allí entanan no sie tenguda padre y de allí en adelante no sea
de nuyrir aquel fill e aquela filla de nutrí aquell fill o aquella filla obligada de alimentar aquell hijo o hija
sino ab sa voluntat, pero sino sigue sa boluntat, pero sino sea su voluntad, pero
con benfey d’aquel pare. en lo benfeyt d’aquell pare. si lo hace lo pague el padre.
Et si por auentura la man Y si por bentura la ma Y si por ventura la mano
de la muyller no sera trobada de la mullé no sirá trobada de la mujer no será encontrada
sana, nodresca aquel fill sana, nudrisque aquell fill sana, nutra a quel hijo
o aquella filla sense aquel o aquella filla sense aquell o aquella hija sin que aquel
payre a qui.l donaua. pare al que se li donabe. padre al que al se le daba.
Pero l’un nin l’altre, Pero l’un ni l’altre, Pero ni el uno ni el otro,
com que s’auenga, como que s’abenguen, como se avengan,
no deu dar calonia. no deu doná calonia. No deben pagar multa.
B,Original.(Pamplona,1247)[6] Traduccion al aragonés oriental Traducción castellana.
(Variante de La Litera.
Tamarite2004)
Si muller que no a marit Si muller que no a marit Si mujer que no tiene marido
fa filltz o filla d’algun omne al fills o filla d’algun ome tiene hijos o hija de algún hombre
e ditz que de tal omne lo a, y diu que de tal omne lo a, y dice que de tal hombre lo ha,
e lo omne ditz que no, y lo ome diu que no, y el hombre dice que no
la muyller haya les dos partz la muller aya les dos parts la mujer lleve las dos partes
d’un cobde de drap de lin d’un codo de drap de lino de un codo de trapo de lino
Julián Naval de Tamarite 12 de Julio del 2004. (página 2ª de 6)).
[1] Redacciones aragonesas del siglo XIII (año 1.200 al 1299).Edición. El Justicia de Aragón, Zaragoza. 1964. Consejo Superior de Investigaciones Cientìficas. Dirige. José María Lacarra. pag.103.( pag. 25 del Fuero).
[1] Redactado en Huesca en 1200. Molho 1960; Justicia de Aragón 2003. (pag. 18).
[1] Justicia de Aragón. Fueros de Jaca. Redacción iruñesa.(pag.48 del Fuero).
Pedro II Ordenaciones.
Estamos en Huesca, Pedro II ( 1196/1213 ) hijo de Alfonso II y nieto de Petronila, ya en la Corona de Aragón, dicta unas ordenaciones para el buen gobierno de Zaragoza, Huesca y Tarazona.
Llama la atención que los dirija en primer lugar a los Obispos, si tenemos en cuenta que en esa época la Religión y la política iban unidos, no nos debe extrañar este hecho, luego van los notables o nobles, los ricoshombres y las universidades (este último es el nombre dado a las representaciones de los pueblos), es el “sistema de gobierno de manos”.
Casado por conveniencias políticas con María de Montpelier (divorciada y con dos hijos). No la quería ver ni en pintura y pedía su divorcio al Papa que daba largas.
La concepción de su hijo Jaime I El Conquistador, dio pié a numerosas leyendas. La más conocida el libro del Feyts (daremos luego una reseña de este libro) de Muntaner en romance, es un tanto (mucho) fantasiosa, por lo que me remito a esta última en verso, que parece más juiciosa. Escrita en castellano precioso. (sic).
Angustiada esta la reyna y no sin mucha razón
porque noble Rey don Pedro su marido y su señor
no hazia caso della mas que si fuera varon
no le pagaba la deuda que tenia de obligacion
antes con otras mujeres tenia su delectacion(…)
Vino le al pensamiento una loable invencion(…)
hablo con el camarero sin guardar mas sazon(…)
tu has de dar a entender al buen rey nuestro señor
quessa muger quel festeja vendra sin mas dilacion
a dormir con su alteza mas con esta condicion
que en la camara no haya candela ni resplandor(…)
quiso dios por su bondad que a la reyna le otorgo
lo que tanto deseava ques fruto de bendicion
porque el noble rey don Jayme essa noche se engendro
(Rubio.2004 pag.89)
Este rey batalló en la conquista de Balaguer. Sin embargo, las luchas intestinas por le dominio de diferentes territorios, hace que en 1213 defendiendo a los albigenses, sus vasallos en Francia, en contra del Papa fallezca en Muret. Irónicamente se le llamó El Católico. (pragmático (y mujeriego)sus vasallos primero).
Compilación O.
Fueros del Rey Pedro para Huesca, Zaragoza y Tarazona. (1208)
Version original Version original en
en romance aragonés romance aragonés de Version castellana
del siglo XIII. Tamarite de Litera
del siglo XXI.
Lo sennior Rey don
Pedro, filtz del noble Rey don Alfons, en la ciutat d’Osca lodable cort ajustada de tot lo regne d’Aragon, ço es assaber de uispes: Don Garcia uispe d’Osca, de don Ramon uispe de Çaragoça e de don Garcia uispe de Taraçona, de postatz encara e de caudalers e de moltz proomnes, dona et establi questos fueros, que son dios escritz per gouernamnet de totz los omnes abitantz en lo regno d’Aragón a totz temps. Dono lo dit Rey fueros en general cort a totz los qui eran que otorgaran. Aço feyt fo en mes de may en l’an de la Carnation de Nostre Seynnor de mil CCVIII.
Es el prólogo de 21 ordenaciones para Aragón. Son promulgadas por Pedro II en las Cortes de Huesca del 1208. Sorprende al hacer la traducción a la comarca de La litera, sus escasos cambios, después de pasados casi 1000 años.
Lo señor Rey don
Pedro, fill del noblle
Rey Don Alfons, en la
siutat de Huesca lodable
cort achustada de tot lo
reino d’Aragó, aso es
a sabre de bisbes:Don
Garcia bisbe de Huesca,
Don Ramón bisbe de
Saragosa y de don
Garcia bisbe de
Tarazona, de postestat
encara y de caudalers y
del mols prohomes,
done y establlis estos
fueros, qui son donats y
escrits per gobernament
de tots los omes
habitans en lo reino
d’Aragó a tots los temps
Dono lo dit Rey fueros
en general cort a tots los
qui eren que otorgaren.
Aso fos feyt al mes de
May en l’añ de la
Encarnasió del Nostre
Señor de mil CCVIII.
Se ha hecho una traducción literal de La Litera; sin embargo en algunos pueblos persiste la versión antigua en el uso de la z, y la c, y ç, como el original medieval en Peralta, San Esteban de Litera y en Calasanz . También se ve que la u se convierte en v ó b y las dos nn en ñ. Por lo que en los textos modernos se corresponden a la fonética actual y se supone antigua.
El Señor Rey Don
Pedro, hijo del noble
Rey don Alfonso, en la
ciudad de Huesca loable
Corte ajustada de todo -
reino de Aragón.Esto es
a saber de obispos: Don García obispo de Hues-
Don Ramón obispo de
Zaragoza y de Don
Garcia obispo de
Tarazona, de potestat
todavía y de acaudalad-
y de muchos prohombr-
doy y establezco estos
fueros, que son dados
y escritos para el gobie-
de todos los hombres
habitantes en el reino d- Aragón en todos los tie-
Doy el dicho Rey fueros
en general cortes a todo-
lo que sean que otorgan.
Esto hecho en el mes de
Mayo del año de la
Encarnación de Nuestro
Señor del 1208.
Los textos originales pueden encontrarse en la publicación del Justicia de Aragón del 2003 Tomo I pag.245 es una edición en facsímil de Mauricio Molho del 1964 editado por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, pag. 165 en una colección dirigida por J. María Lacarra titulada Fuentes para la Historia del Pirineo. Tomo I.
Julián Naval. Tamarite 2011
[1] El Fuero de Jaca. Muricio Molho. Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Escuela de Estudios Medievales. Instituto de Estudios Pirenaicos. 1954
[2] El Fuero de Jaca I Facsimile. Fuentes para la Historia del Pirineo. Edición Crítica de M.Molho.Sello Justicia de Aragón. Colección dirigida por J.Mª Lacarra. Zaragoza.1964
[3] El Fuero de Jaca II Estudios. MºA. Martín Zarroquino y MªL. Arnal ,Zaragoza, 2003.
[4] Redacciones aragonesas del siglo XIII (año 1.200 al 1299).Edición. El Justicia de Aragón, Zaragoza. 1964. Consejo Superior de Investigaciones Cientìficas. Dirige. José María Lacarra. pag.103.( pag. 25 del Fuero).
[5] Redactado en Huesca en 1200. Molho 1960; Justicia de Aragón 2003. (pag. 18).
[6] Justicia de Aragón. Fueros de Jaca. Redacción iruñesa.(pag.48 del fuero).